La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado al principal acusado de la estafa inmobiliaria de Lujo Casa a la pena de catorce años y nueve meses de prisión; a pagar durante cuarenta y cinco meses 6 euros al día; y 457.872 euros. El Tribunal considera que C.G.R. es autor responsable de un delito continuado de estafa agravada, pertenencia a grupo criminal, insolvencia punible y blanqueo de capitales. La Sala considera probado que el designio defraudatorio vino dado por la propia configuración del negocio desde el inicio, ofertaban de forma masiva viviendas futuras sin disponer de suelo en debida forma, sin licencias, sin financiación, sin garantías y sin cuenta especial, ocultando estos extremos a los compradores, “mientras se capta de ellos un volumen muy considerable de anticipos que inmediatamente se desvían a otros fines y, en concreto, el beneficio propio de los implicados”.
Según informa Poder Judicial, las magistradas condenan también a su socio M.P. como coautor continuado de estafa agravada, pertenencia a grupo criminal y coautor de un delito de blanqueo de capitales a la pena de nueve años de prisión; multa a pagar 6 euros al día durante dieciocho meses; y 64.000 euros. De acuerdo con la sentencia, M.P. contribuyó a de forma estable a la estrategia de captación de clientes aportando infraestructura comercial y apariencia de solvencia. En cuanto al tercer procesado, J.A.M.P., la Audiencia le condena por pertenencia a grupo criminal, delito continuado de estafa agravada y blanqueo de capitales a cuatro años de prisión; a pagar durante seis meses, 6 euros al día; y 9.690,83 euros. Según las juezas, J.A.M.P. reforzó desde un plano técnico y de respaldo presencial por su condición de profesional del sector de la construcción, la credibilidad del proyecto ante los compradores y la persistencia de la confianza una vez firmados los contratos.
El Tribunal ha condenado a B.V.R.A. y S.R.P. a nueve meses de prisión por el delito de blanqueo de capitales; más una multa de 30.170,13 euros y 21.970,75 euros respectivamente; como ya acordaron de conformidad con la acusación pública al inicio del juicio. Por otra parte, las magistradas absuelven a J.A.B.C., P.L.S.G. y J.C.S.G. de los delitos que venían siendo acusados.
Según la resolución, los condenados deberán responder conjunta y solidariamente de la totalidad de los daños causados a 115 perjudicados, de las cantidades estipuladas que van de 123.670 euros a los 700 euros, más de dos millones de euros en total.
“Lujo Casa nació con una clara infra capitalización, con un patrimonio neto negativo ya en 2016, afrontando un número muy elevado de promociones, en torno a la treintena, cuyo volumen económico global resulta absolutamente desproporcionado respecto de los recursos propios y de la financiación efectivamente disponible”, señalan las magistradas. El Tribunal aprecia una captación masiva de fondos de compradores sin la infraestructura jurídica ni económica necesaria para atender los compromisos asumidos y, por tanto, “con conocimiento pleno desde el inicio de que no se iba a cumplir con los contratos con los compradores”.
De acuerdo con la sentencia, en muchas ocasiones Lujo Casa no era ni titular del suelo de las promociones que ofrecían a los perjudicados. Ni tampoco disponían de “licencias de obra nueva ni constan tramitaciones administrativas en estado avanzado que permitieran sostener, con un mínimo de verdad, las afirmaciones realizadas a los compradores sobre el inminente comienzo de las obras o la pronta concesión de las licencias”.
Las juezas apuntan que ninguna de las sumas entregadas de los perjudicados, que globalmente ascienden a más de tres millones de euros, fue ingresada en una cuenta especial separada, ni fue asegurada mediante aval bancario o seguro de caución, pese a tratarse de viviendas sobre plano destinadas en muchos casos a vivienda habitual.
En definitiva, los hechos constituyen una estafa en régimen de continuidad delictiva, en atención al artículo 74 del Código Penal. “A lo largo de un periodo prolongado, se repitió un mismo patrón de conducta: ofreciendo viviendas sobre plano en distintas promociones, con el mismo discurso publicitario y comercial y análoga ocultación de la inviabilidad de los proyectos, captando entregas a cuenta de un número elevado de adquirientes” destacan. El Tribunal señala que “la pluralidad de perjudicados y la cuantía total defraudada, que supera ampliamente los tres millones de euros, confieren al hecho una entidad y relevancia que excede en mucho la de la estafa simple, cumpliéndose con el agravante por la notoria gravedad del perjuicio económico”.
La sentencia no es firme, cabe recurso ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.

