Multado un banco por incumplir su condena por una hipoteca abusiva

ByRedacción

12 de febrero de 2025

Un juzgado de Primera Instancia de Palma ha sancionado a un banco por incumplir de forma reiterada la sentencia que le obliga a compensar a una familia por una hipoteca abusiva.

Según ha informado el diario Última Hora, la entidad, Bankinter, fue condenada hace tres años a devolver el dinero cobrado en exceso a una pareja que había suscrito una hipoteca multividivisas: un producto financiero complejo en el que el dinero prestado estaba en yenes y, por lo tanto, el capital oscilaba mucho en función del tipo de cambio. Desde entonces el banco ha ignorado todos los requerimientos del juzgado y no ha cumplido con un auto que le obligaba desde enero de 2023 a ejecutar la sentencia.

Tras advertir en varias ocasiones a la entidad, el titular del juzgado ha optado por abrir una pieza por mala fe procesal. Implica imponer una multa de 600 euros mensuales al banco mientras no cumpla con lo establecido en la sentencia. Una por cada mes dejado pasar desde que se le instó por auto la ejecución, hace ya más de dos años. Así, el primer pago que tendrá que hacer la entidad es de 12.400 euros y, a partir de ahí, 60 euros cada mes.

La sentencia inicial fue dictada en marzo de 2022 y no fue recurrida por Bankinter, por lo que se convirtió en firme. Le requería para que calculara el capital del préstamo en euros y, a partir de ahí le aplicara el Euribor como interés de referencia y que devolviera todas las cantidades cobradas. Una pericial presentada durante el juicio cifraba en 132.000 euros el incremento del capital adeudado por haber sido calculado en una divisa extranjera. Además de corregir esa desviación, la sentencia implica la obligación de devolver intereses cobrados de más, una cuantía que la representación de los demandantes calcula en algo más de 40.000 euros.

La resolución que el banco incumple declaraba abusivo el producto, en la línea de centenares de sentencias en torno a las multidivisas. La sentencia cita a los afectados que dijeron en el juicio que la entidad les vendió el producto «como si fuera una verdadero chollo» en el año 2008. Sin embargo, la magistrada que dictó la sentencia valoró que no se dio una información adecuada a los consumidores sobre las posibles consecuencias de este tipo de producto. Echa en falta que nunca se les mostraron simulaciones de posibles escenarios adversos con el capital en yenes o de una evolución peor que la del Euribor del índice de Londres que se tomó como referencia para este producto. La resolución concluyó que existió una «mala praxis» por parte de la entidad financiera que ahora no responde al juzgado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *