El Tribunal Supremo da tranquilidad a los arrendadores de inmuebles frente a las ansias recaudatorias de Hacienda.
Una nueva sentencia del Supremo elimina una importante incertidumbre a muchos arrendadores de inmuebles.
El pasado 14 de julio de 2025, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que marca un punto de inflexión para los propietarios de inmuebles en alquiler. En su fallo, el Alto Tribunal establece que no es necesario acreditar una «carga suficiente de trabajo» para que la actividad arrendataria sea considerada económica. Esta decisión pone fin a años de inseguridad jurídica y disputas que han afectado a miles de arrendadores en toda España, según ha informado RocaJunyent.
¿Por qué es importante esta sentencia?
Hasta ahora, los propietarios de inmuebles se veían atrapados en un auténtico laberinto legal. Aunque la Ley del IRPF establece que basta con contar con una persona contratada a jornada completa para considerar el arrendamiento como una actividad económica, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) introdujo una exigencia adicional: demostrar que esa contratación respondía a una “carga real y suficiente de trabajo”. Esta interpretación generaba gran incertidumbre. ¿Cuántos inmuebles eran necesarios para justificar ese trabajo? ¿Tener inquilinos sin incidencias podía perjudicar al arrendador? ¿Dónde se trazaban los límites?
Esta interpretación restrictiva tenía efectos negativos en los propietarios como por ejemplo la pérdida de exenciones en el Impuesto sobre el Patrimonio; la eliminación de reducciones en las transmisiones por herencia; los litigios costosos para demostrar la carga de trabajo e inseguridad jurídica constante.
La sentencia del Supremo también se ajusta a las directrices marcadas por la Unión Europea. En concreto, la Recomendación 94/1069/CE de la Comisión Europea insta a que las normas fiscales sobre transmisión de empresas se interpreten de forma que favorezcan un tratamiento fiscal adecuado en los procesos de sucesión, evitando trabas innecesarias para la continuidad de las actividades económicas.
¿Qué cambia con esta nueva sentencia?
El Tribunal Supremo ha sido rotundo en su pronunciamiento: la norma está pensada para ofrecer seguridad jurídica a los contribuyentes. En consecuencia, basta con cumplir el requisito legal de tener una persona contratada a jornada completa, sin que sea necesario demostrar un volumen mínimo de actividad. Además, el fallo lanza un mensaje directo a la Agencia Tributaria: si sospecha que la contratación es ficticia, debe plantearlo desde el inicio del procedimiento y no introducirlo en fases avanzadas del recurso.
¿Qué significa esto para los negocios inmobiliarios?
Con esta sentencia, los propietarios de inmuebles podrán acceder más fácilmente a las exenciones del Impuesto sobre el Patrimonio; aplicar reducciones en las transmisiones por herencia (empresa familiar); evitar litigios costosos sobre la justificación de cargas de trabajo; planificar con mayor certeza sus inversiones inmobiliarias y ahora queda claro que para que el arrendamiento se considere actividad económica, solo se necesita tener una persona contratada a régimen laboral a jornada completa, cumplir con las obligaciones laborales correspondientes y no es necesario justificar una carga de trabajo específica.
¿Qué deben hacer ahora los propietarios de inmuebles?
Los propietarios de inmuebles deberían, a la luz de esta nueva sentencia, revisar su situación fiscal actual, evaluar si pueden acogerse a exenciones y reducciones fiscales —como las del Impuesto sobre el Patrimonio o las aplicables a la empresa familiar— y plantearse una planificación más eficiente de futuras transmisiones patrimoniales, especialmente en el ámbito sucesorio.
Conclusión: un paso muy importante hacia la seguridad jurídica fiscal
La sentencia del Tribunal Supremo supone un avance importante en la seguridad jurídica del sistema tributario, al eliminar requisitos que no estaban expresamente contemplados en la ley. Con ello, se despejan dudas e incertidumbres que dificultaban el cumplimiento fiscal, facilitando así la tarea a los contribuyentes. Esta decisión no solo favorece a los propietarios actuales, sino que también impulsa la inversión en el sector inmobiliario, al ofrecer un marco legal más claro y previsible.