El TSJCLM ratifica la condena de seis meses de cárcel e indemnización de 3.200 euros para la autora de una estafa que prometió la apertura una tienda online gratis

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la pena de seis meses de cárcel, dictada por la Audiencia de Albacete, para una mujer que estafó a otra con un falso curso de formación para la apertura de un negocio online, a quien deberá indemnizar con 3.200,34 euros.

Según informa Poder Judicial, en el relato probado de la sentencia, en septiembre de 2018, la acusada, como administradora de una empresa, ofreció a la denunciante una oportunidad de negocio que consistía en la realización de un curso para la apertura de una tienda online asegurándole que sería gratis, ya que se financiaría con una subvención de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Convencida, firmó en diciembre un contrato de servicios por 2.990 euros.

Con el fin de lucrarse y sabiendo que el negocio no era viable, la convenció para pedir un préstamo bancario temporal. Tras gestionar el crédito de 3.200,34 euros con una entidad financiera, la perjudicada transfirió los 2.990 euros a la empresa de la acusada en enero de 2019. Sin embargo, la tienda online -en este caso de ropa deportiva- nunca funcionó porque la mercantil de la procesada no facilitó los proveedores prometidos. Al no ponerse en marcha el negocio, la Junta retiró en 2022 el derecho de cobro de la subvención concedida y la denunciante tuvo que pagar el préstamo íntegramente durante 48 meses sin recibir la ayuda ni recuperar su dinero.

Según el tribunal, existen pruebas de cargo válidas y suficientes que respaldan todos los elementos del delito, tales como la documentación de contratos, préstamos y transferencias, los datos de la subvención, los numerosos mensajes de WhatsApp y las declaraciones de ambas partes. Por ello, los magistrados comparten plenamente la valoración de la sentencia impugnada, confirmando que el tribunal de primera instancia aplicó acertadamente el delito de estafa. Los hechos probados demuestran claramente un engaño manifiesto y una puesta en escena engañosa planificada por la acusada desde el principio.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.